Verificaciones reglamentarias de las instalaciones eléctricas

1. Visión general

2. Verificación por examen (inspección visual)

Consiste en una revisión visual y documental de la instalación sin necesidad de conexión a la tensión de servicio. Se verifica que todo cumple con el REBT.

✅ Se comprueba:

  • Que los materiales y equipos están correctamente instalados.

  • Que los cuadros eléctricos están bien identificados.

  • Que los conductores tienen la sección adecuada y están bien protegidos.

  • Que existen dispositivos de protección (magnetotérmicos, diferenciales, etc.).

  • La continuidad del conductor de protección.

  • El correcto conexionado y etiquetado de los elementos.

  • Que hay esquemas unifilares y documentación técnica.

Esta verificación se realiza antes de poner la instalación en servicio.


 3. Verificación por ensayo (pruebas técnicas)

Implica mediciones eléctricas reales con instrumentos, realizadas normalmente después de la verificación visual. Se hace con la instalación alimentada o con aparatos de medición adecuados.

✅ Ensayos comunes:

  • Medida de continuidad de los conductores de protección y equipotenciales.

  • Medida de resistencia de aislamiento entre conductores y entre conductores y tierra.

  • Ensayo de disparo del diferencial (tiempo y corriente de disparo).

  • Comprobación de la tensión de contacto y la impedancia de bucle.

  • Ensayo de resistencia de puesta a tierra.

  • Prueba funcional de los dispositivos de protección y maniobra.

En muchos casos, estos ensayos se realizan con instrumentos como:

  • Telurómetros (para la toma de tierra),

  • Comprobadores de diferenciales,

  • Comprobadores multifunción o megóhmetros.


4.  ¿Quién debe realizar las verificaciones?

  • El instalador autorizado es responsable de realizar estas verificaciones en las instalaciones nuevas o modificadas.

  • Para ciertas instalaciones de mayor riesgo (garajes, quirófanos, piscinas, locales húmedos, etc.), puede ser necesaria la intervención de un organismo de control autorizado (OCA).


5.  ¿Cuándo se deben hacer?

  • Antes de poner en servicio una instalación nueva o reformada.

  • Periódicamente, en algunos tipos de instalaciones como:

    • Locales de pública concurrencia (cada 5 años),

    • Industrias con potencia instalada ≥ 100 kW (cada 5 años),

    • Piscinas, quirófanos, etc. (cada 5 años),

    • Garajes con ventilación forzada (cada 5 años),

    • Viviendas no necesitan revisión periódica salvo que lo indique la normativa autonómica.